El alcalde también contó que tendrán derecho a la bonificación los inmuebles “en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar”, siempre y cuando la instalación haya sido realizada con carácter voluntario por el sujeto pasivo y no responda a obligaciones derivadas de la normativa vigente. La aplicación de esta bonificación estará condicionada a que las instalaciones dispongan de homologación por parte de la administración competente. No podrán acceder a esta bonificación aquellos inmuebles que estén fuera de ordenación urbana o situadas en zonas no legalizadas y este tipo de bonificaciones tendrán carácter rogado.
Los propietarios deberán solicitar la bonificación en el plazo máximo de un año desde que la instalación esté finalizada y operativa, y la duración de la misma será de tres años, según lo aprobado por el Pleno municipal.
50% de ahorro y documentación a presentar
Manuel Jesús Flores Malpica anima a los vecinos del municipio a solicitar este tipo de bonificaciones para lo cual deben presentar el último recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles pagado, la licencia de primera ocupación o utilización del inmueble, la licencia de obra o documento habilitante para la instalación y la factura de la instalación.
Igualmente, en el caso de sistemas para el aprovechamiento eléctrico conectado a la red, se acompañarán las autorizaciones de la Consejería de la Junta de Andalucía competente y de la compañía suministradora del fluido eléctrico. “La bonificación en los inmuebles en los que se hayan instalado sistemas para el aprovechamiento térmico o eléctrico de la energía solar será del 50% en la cuota íntegra del impuesto, durante tres años”, detalló Manuel Jesús Flores Malpica.